DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, las decisiones emanadas de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento por el ciudadano JUAN RICARDO ZAMBRANO, debidamente asistido por el abogado JOSE RAMON DIAZ TOVAR, ambos plenamente identificados, por no tener esta instancia jurisdiccional competencia para conocer dichas solicitudes. Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese y déjese copia de conformidad con lo establecido en el artículo 247 y 248 del Código de procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en el Ju.....