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DECISIÓN
Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: SE NIEGA, el pedimento de aclaratoria de la sentencia, solicitado por el abogado ALEXIS MANUEL ROJAS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.424.960, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 298.051, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CENTRO POLICLÍNICO VALENCIA, C.A. ´