DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud formulada por el Defensor Público Tercero Penal Abg. OSWALDO PÉREZ MARCANO, actuando en su condición de Defensor del acusado JOSÉ GREGORIO MALAVE, titular de la Cedula de Identidad N° V- 9.866.298, plenamente identificado en autos, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 407 y 278 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano QUEVEDO YÁNEZ NELSON (occiso) y el Estado Venezolano, respectivamente. En consecuencia se mantiene la medida cautelar sustitutiva de libertad que recae sobre el acusado de autos, consistente en un régimen de presentaciones cada 30 días ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Sede.....