Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO UNICO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD por PRESCRIPCION DE SANCIONES al joven LARA MARQUEZ FERNANDO ANTONIO, de fecha 5 de Junio de 2012, de la pieza única del expediente, fecha desde la cual se nota el incumplimiento de la sanción, y visto el certificado de Defunción cursante al folio 203 del Expediente, de fecha 18/12/2013, donde consta el fallecimiento del joven IDENTIDAD OMITIDA, a consecuencia de HEMORRAGIA CEREBRAL POR HERIDA POR PASO DE PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO EN CRANEO, REGION INTRAORBITARIA ACRONICA, suscrito por la Médico Forense MARLENE LOPEZ DE CASTRO, resulta inoficioso procurar el cumplimiento de la sanción del mismo, motivado a ser dicho fallecimiento una de las causas de EXTINCIÓN DE LA ACC.....