Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite un nuevo cómputo de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese oficio al Director del Centro Penitenciario del Estado Monagas La Pica, anexándole copia de esta decisión. De igual forma al Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, para que se imponga al penado de la presente decisión. Notifíquese a las partes, publíquese, regístrese, diarícese la presente decisión. Corríjase la foliatura. Librense los oficios respectivos.