este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en acatamiento de las normas legales procedimentales y del Criterio sostenido por la Sala de casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, INADMITIR, el Libelo de Demanda interpuesto por el ciudadano LUIS SALAZAR, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-14.905.678. ASI SE DECIDE.