Por los razonamientos precedentemente expuestos, esta Jueza Provisoria del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y para el Régimen Procesal Transitorio de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 177 Parágrafo Primero Literal j de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el primer aparte del artículo 185 del Código Civil, declara CON LUGAR la Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, disuelto en vínculo matrimonial contraído por los Ciudadanos NESTOR OSWALDO IBAÑEZ VALDERRAMA y MARIANELA DEL VALLE MENDEZ CENTENO, por ante el Registro Civil del Municipio Tucupita, en fecha 18 de septiembre de 2004, tal como consta en Acta de Matrimonio asentada bajo el NUMERO CIENTO TREINTA Y NUEVE (139), páginas 76 y 77 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevad.....