En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, con fundamento en los artículos 26 y 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 767 del Código Civil, los artículos 16 y 508 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 450 literal k de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNION ESTABLE DE HECHO O CONCUBINATO, interpuesta por el Ciudadano LUIS ENRIQUE RANGEL GARCÍA, titular de la cédula de identidad número: V-9.861.712, en contra de la Ciudadana MAIRA DEL VALLE RONDÓN SOTO, titular de la cédula de identid.....