Por lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Municipal, Estadal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se admiten el escrito acusatorio presentado por la Fiscal Séptima Comisionada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público DRA. MARIA ISABEL ARELLANO DE LI en fecha veintiuno (21) de agosto del año dos mil trece (2013), en contra del ciudadano VIVIANO ROBERTO QUIJADA QUIROZ, natural de Tucupita, Municipio Tucupita, nacido en fecha 05/08/1992, de 20 años de edad, de profesión u oficio obrero, grado de instrucción cuarto grado, estado civil soltero, residenciado en Deltaven los Almendrones Vía Principal casa S/n en una residencia tipo barraca titular de la cedula de identidad Nº 24.575.056, hijo Jhudys Quijada (v) y el Roberto Quijada (v), por la presunta comisión de los delito.....