DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud del Defensor Público Abg. OSWALDO PÉREZ MARCANO, en consecuencia se mantiene la medida de coerción personal que recae sobre los acusados WALTER LEONEL RODRÍGUEZ PEJENDINO, de nacionalidad venezolana, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 22-01-1992, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.160.216, hijo de Maria Pejendino (v) y Marcos Márquez (v), grado de instrucción: 9no año, ocupación u oficio obrero, soltero, de domicilio en la esperanza, calle 2, casa S/N, de la ciudad de Tucupita; RONNIER JUNIOR AGUILERA MANRIQUE, de nacionalidad venezolana, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 24-09-1991 de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.567.601, hijo .....