Se declara la CONFESIÓN FICTA, del ciudadano JOSÉ MIGUEL MÁRQUEZ PALERMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-10.048.375, parte demandada, de conformidad con lo establecido en los artículos 868 y 362 del Código de Procedimiento Civil.
CON LUGAR la presente demanda con motivo de Desalojo de Local Comercial, incoada por los ciudadanos ALFONZO RAFAEL TUFANO DA COSTA, ROSA TUFANO DE SATURNO y JOSEFINA ANGELINA TUFANO ALFIERI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad
V-16.786.416, V-7.131.956 y V-4.867.367, respectivamente, en contra del ciudadano JOSÉ MIGUEL MÁRQUEZ PALERMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-10.048.375.
Se condena en costas procesales a la parte totalmente vencida, ciudadano JOSÉ MIGUEL MÁRQUEZ PALERMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-10.048.375, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.