DISPOSITIVA
Por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: De conformidad con el artículo 79 parágrafo único de la Ley Orgánica sobre los Derechos de la Mujer a una vida de Violencia, y atendiendo a los artículos 13 y 94 ejusdem, se ACUERDA PRÓRROGA de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir del vencimiento del lapso primeramente señalado de treinta días, al Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, a fin de presentar acto conclusivo en la investigación seguida al ciudadano CARLOS ALBERTO GONZALEZ BENITEZ, natural de cumana Estado Sucre, titular de la cedula de identidad Nº 25.249.192, de profesión u oficio trabaja en una Panadería la Orquídea, residenciado en Raúl Leoni, frente a la cancha, hijo Yudith Benítez (v) y Enrique González (v), venciendo este lapso .....