Por las razones expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se CONDENA por el procedimiento especial de admisión de los hechos establecido en el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos BAEZA GERMAN ALEXIS, venezolano, natural de Tucupita, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación obrero, titular de la cedula de identidad Nº V.-9.865.590, residenciado en calle Amacuro, casa Nº 12 y VELASQUEZ RODRIGUEZ SIXTO JOSE, venezolano, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación obrero, titular de la cedula de identidad Nº V.-12.546.169, residenciado en calle Amacuro, casa Nº 12 de esta ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, por ser responsab.....