DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud formulada por la Abogada MARIANA JIMENEZ AGREDA, Fiscal Auxiliar Quinta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal se desestima la denuncia interpuesta por el ciudadano RICARDO ZHEN WU, en fecha diez (10) de febrero del año dos mil diez (2010), por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalitiscas, en la cual señalo que: "...El día de ayer domingo 14/02/2010, como a las doce horas de la noche aproximadamente me trasladaba en mi camioneta marca Chevrolet, modelo Hailux, color blanco, p.....