DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar, la solicitud del punto previo de la Fiscala Quinta del Ministerio Público, MARIAMNYS MARQUEZ, por considerar el Tribunal que el artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en cuanto a la víctima se refiere a la fase investigativa o intermedia, no en la fase de ejecución, por cuanto en este caso no se le pone fin al proceso penal.
SEGUNDO: Sin lugar, la Solicitud del Defensor Público ROBERT MARQUEZ, y NIEGA EL CAMBIO DE LA MEDIDA DE PRIVATIVA DE LIBERTAD al Adolescente CARREÑO identidad omitida, el cual deberá continuar PRIVADO DE LIBERTAD, hasta tanto estén dadas nuevas condi.....