Por todo lo expuesto este Tribunal Mixto de Primera Instancia en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 365, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECIDE POR UNANIMIDAD:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE al ciudadano ISIDRO JUSTINIANO GIL FARIAS, venezolano, natural de San Félix, nacido el día dos (02) de Enero del año mil novecientos cuarenta y ocho (1948), hija de CARMEN FARIAS (f) y LUIS RAMON GIL (f), de cincuenta y seis (56) años de edad, titular de la cédula de identidad personal No. V-04.944.199, grado de instrucción Bachiller, de profesión u oficio gestor, y con domicilio en Municipio Casacoima, calle Girardot, casa sin número, detrás de la escuela, Estado Delta Amacuro, teléfono 0286-717597; por ser autor responsable de la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLES.....