Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA prevista en el articulo 346 Ordinal 6º del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la Abogada en ejercicio SARITA LAREZ RAVELO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 37.479, Apoderada judicial del ciudadano ELIDE ANTONIO SIFONTES GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-18.073.173. SEGUNDO: En consecuencia, a lo expuesto y conforme a lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil, se le hace saber a los litigantes que la contestación a la demanda tendrá lugar dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a la publicación de la .....