DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizadas como fueron las pruebas evacuadas en las diferentes audiencias celebradas durante el desarrollo de este debate oral y reservado, este Tribunal Único de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22, y 349, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide: PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano GABRIEL RAFAEL ZACARÍAS FIGUERA, venezolano, de estado civil soltero, natural de este estado, de 27 años de edad, nacido en fecha 04-08-84, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.524.206, de profesión u oficio cocinero en Frente del Polideportivo, residenciado en el Cafetal detrás de la casa Comunal, casa de color verde casa sin número, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, hijo de Figuera Marín Carmen Amelia.....