Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 483 y 607 del Código de Procedimiento Civil, y concordancia con los artículos 26, 49, y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela declara: De conformidad con el articulo 483 del Código de Procedimiento Civil, fija al tercer (03) día de despacho siguiente, a fin de que los testigos promovidos comparezcan por ante este Tribunal a rendir sus respectivas declaraciones en el siguiente orden: el ciudadano JUAN VILLALBA, a las 09:00a.m; el ciudadano ERICK OCHOA a las 10:00 a.m, y el ciudadano EDGAR QUIÑONEZ a las 11:00 a.m, Y ASI SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera In.....