DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro Acuerda: Primero: No hay materia sobre la cual decidir, hasta tanto no conste la traducción oficial al idioma castellano del referido documento de propiedad de la embarcación in comento, previo los tramites de ley correspondientes. Segundo: Librese boleta de notificación al Fiscal Sexto del Ministerio Público y al Defensor Privado Wilfredo Narayan, cuyo domicilio procesal es Torre Caura, Piso 4-1, Alta Vista Norte, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, informando la decisión del Tribunal. Así se decide. Notifíquese, regístrese y publíquese.