En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA la EJECUCIÓN Y COMPUTO de la Medida al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado a cumplir PRIVACIÓN DE LIBERTAD, establecida en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio los ciudadanos CARMONA JOHAN CARLOS, venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, de profesión u Oficio Cocinero, nacido el 24 de junio de 1985, de estado civil soltero, con cédula de identidad Nº 18.657.306 y SAMANTA MARÍA RODRÍGUEZ CAMBELL, venezolana, de 25 años de edad, natural del Municipio Casacoima, del Estado Delta Amacuro nacida en .....