DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que preceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Itinerante Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DECLARA NO CULPABLE al ciudadano: VERA RODRÍGUEZ JOSE MIGUEL, venezolano, natural de esta ciudad de Tucupita, mayor edad, portador de la cedula de identidad N° V- 20.852.305, edad 21 años, fecha de nacimiento 30/10/1993, Soltero, de profesión u oficio Estudiante, residenciado en el sector paloma calle bulevar casa S/n. SEGUNDO: Se ABSUELVE al ciudadano: VERA RODRÍGUEZ JOSE MIGUEL, portador de la cedula de identidad N° V- 20.852.305, de los delitos de ULTRAJE AL PUDOR PUBLICO previsto en el artículo 381 del Código Penal, el delito de ULTRAJE POR MEDIO DE PUBLICO previsto y sancionado en el artículo 382 del Código Penal, el delito de DIFUSIÓN Y O EXHIBICIÓN DE MATERIAL P.....