Esta Juzgado, observa: Vista que la conciliación ha sido positiva, se da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, acuerda Homologarla conforme a los parámetros señalados por las partes en los términos que quedaron establecidos, a tal efecto se le concede carácter de cosa juzgada.