DISPOSITIVA
Este tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial penal del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO Se admite en su totalidad la acusación presentada por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, en la causa seguida al ciudadano ENNIO MARTIN MENDOZA POYER, venezolano, natural de Tucupita, fecha de nacimiento 02-07-1987, de 24 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en Urbanización La Paz, casas sin número, intercomunal Orinoco, a dos casa de Inversiones El Sol, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, Cédula de identidad V- 17.525.609, así como la calificación del delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 456 del Código Penal Venezolano. De igual manera se admite las pruebas ofrecidas por el representante de la Vindicta Pública, las cuales so.....