Ahora bien, estamos en presencia de una solicitud de Titulo de Únicos y Universales Herederos, presentada por el ciudadano OSWALDO JOSE YBARRA, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y existiendo la oposición de la ciudadana YUCCELIS DEL CARMEN RIVERA RODRIGUEZ, resulta forzoso para esta Juzgadora de turno conforme a la norma citada, que terminar con el carácter voluntario de esa jurisdicción, con reserva de derechos a los interesados o conversión del caso en asuntos de la jurisdicción contenciosa, y así se decide.
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADA la presente solicitud de TITULO DE ÚNI.....