PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el recurso de Apelación de autos, interpuesto, por la Defensora Pública Cuarta Penal en materia Indígena Abg. DAISY MILLAN ZABALA, contra la decisión de fecha 13 de febrero de 2013 emanada del referido Juzgado en audiencia de presentación, y fundamentada el 14 de febrero de 2013, la cual declaró con lugar la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad contra el ciudadano: JOSE RAMON MENDOZA, venezolano, natural de esta ciudad, de 30 años de edad, nacida en fecha 18/07/1982, de profesión u oficio pescador, residenciado en calle principal, casa sin numero, de la localidad el Caigual del Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº 25.398.531, por la presunta comisión del delito de HOMICIDO INTENCIONAL CALIFICADO CON MOTIVO FUTIL E INNOBLE, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1º del Código Penal.