En consecuencia de conformidad a lo establecido en el artículo 331 del código orgánico procesal penal. Se ordena la apertura del juicio oral y público, en la presente causa seguida a los acusados: GLECIANO GABRIEL ELIAS, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.055.312, y JULIVER TERESA FUENTES VALDERREY, titular de la cedula de identidad Nº V- 25.543.677. y remitir las presentes actuaciones en su oportunidad correspondiente al Tribunal Único de Juicio de este Circuito Judicial Penal. Se emplaza a las partes para que en un plazo de Cinco (5) días concurran ante el Juez de Juicio correspondiente, se ordena al secretario del Tribunal la remisión de las presentes actuaciones, al Tribunal de Juicio. Cúmplase.