este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, 30, 365, 366, 473 y 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos en relación al convenimiento al cual llegaron las partes, respecto al monto por concepto de obligación de manutención:
PRIMERO: El Ciudadano LEOCADIO ROSAS aportara el treinta por ciento (30%) del salario integral que devenga como trabajador de la Dirección de Salud del Estado Delta Amacuro, así como el veinte por ciento (20%) de todos los demás beneficios laborales que percibe tales como Bono vacacional, aguinaldos y cualquier otro que pueda percibir.
SEGUNDO: De igual manera El Ciudadano LEOCADIO .....