DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizadas como fueron las pruebas promovidas, admitidas y evacuadas en las diferentes audiencias celebradas durante el desarrollo de este Debate Oral y Público, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, actuando como Juzgado Unipersonal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 348 todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide:
PRIMERO: Se declara NO CULPABLE a la ciudadana INES MARIA CORDOBA RIVERA, venezolana, natural de esta Ciudad, mayor de edad, fecha de nacimiento 23/01/1986, estado civil soltera, de profesión u oficio Ama de Casa, residenciada en el Barrio Santa Cruz, calle 03, casa S/N por la calle del Preescolar de Santa Cruz, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.386.279, hija de Raúl Córdova (V) y Yusmelis Rivera (.....