Vista la diligencia presentada en fecha Siete (07) de Noviembre de 2005, por el ciudadano JAIRO HERNANDO CORDOVA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V- 11.212.429, parte demandada, asistido por el Abogado ANGEL FELIX GRIMON RODRIGUEZ, Inpreabogado N° 71.242 y por el ciudadano OMER ANTONIO FIGUEREDO VILLARROEL, Abogado en ejercicio, Inpreabogado N° 63.196, parte actora, mediante la cual conforme con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, manifiestan su voluntad de realizar el presente convenimiento y dejar sin efecto la continuación del presente procedimiento, por cuanto han acordado y convenido en las condiciones que se mencionan a continuación: “PRIMERO: El demandado conviene en todas y cada una de las partes de la presente demanda y entrega al demandante en pago una planta eléctrica de enfriamiento por aire, motor LISTER PETTER, de 4 cilindros a gasoil, serial N° VZ-1868.HL4a9103, generador Stanford de 43 KVA Serial L5773/1 de 1800.....