Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios de este Estado, se trasaladò al sitio señalado por la parte demandante, una vez constituido pudo observar las puertas de acceso al inmueble totalmente cerradas, no logrando ser atendido por persona alguna. Vista las circunstancias, la parte demandante solicita la suspensiòn de la pràctica de la Medida Preventiva de Embargo.El Tribunal por no ser contrario a derecho, acuerda lo solicitado y suspende la pràctica de la medida hasta un nuevo pedimento.