D I S P O S I T I V A
Ahora bien, este Tribunal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad que le confiere la Ley le concede y con fundamento en el artículo 105 del Código penal Venezolano, 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA: la LIBERTAD PLENA del ciudadano: JEAN CARLOS LÓPEZ, Venezolano mayor, venezolana, de estado civil soltero, natural de este estado, titular de la cédula de identidad número V-17.055.252, sin ocupación, residenciado en el Barrio la Perimetral, Transversal 06, Sector 03, Casa sin número, Tucupita, hijo de Maura López y Carlos García, en el presente asunto. Así se decide. Notifíquese a las partes, al penado, Ofíciese a la Oficina de Vice- Ministerio de seguridad del Despacho de la Dirección de prisiones de la división de Antecedentes penales del ministerio del Interior y Justicia para que conozca de la decisión aqu.....