En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a el ciudadano PEDRO VIACCI SARABIA AMUNDARAIN, de nacionalidad venezolana, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 23-06-1967, de 42 años de edad, de estado civil soltero, Oficio: Indefinida, residenciado en la Avenida Arismendi, casa Nro. 115, Municipio Tucupita del estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad V-09.860.133, por el lapso de DOS (02), quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria del Beneficio otorgado