resuelve: ANULAR la decisión del Juzgado Primero (1º) de Control Circunscripcional, de fecha 11 de febrero de 2016, causa YP01-D-2016-000082, donde, entre otros pronunciamientos, decretó medida cautelar de presentación al procesado (Identidad Omitida), cambiándole previamente la precalificación de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, delito este que de acuerdo al artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de ser sancionado finalmente conlleva a la Medida Privativa de Libertad, y el mismo fue cambiada su precalificación a ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal sin tomar en consideración todos los elementos presentados por la Fiscalía del Ministerio Público, dificultando así la investigación que debe realizar el Ministerio Público sobre el hecho punible cometido en contra de las victimas ut supra identificadas, es por lo que se considera por esta Alzada q.....