Por las razones arriba expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se decreta MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano RAMON EDUARDO MUÑOZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº 13.121.902, arriba identificado, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 numerales 1°, 2° y 3°, 251 parágrafo primero y 252 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por su presunta participación en la comisión del delito de ROBO EN GRADO DE TENTATIVA de conformidad con el articulo 455 con relación al artículo 80 del Código Penal Venezolano.
2.- Se acuerda la aplicación del procedimiento abreviado, de conformidad con lo establecido en el artículo 372 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal y la remisión de la presen.....