Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada porla ciudadanaYELINNE DEL VALLE GASCON MARCANO,venezolana, soltera, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad Nº 13.744.835, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), la cual tiene una superficie de CUATROCIENTOS VEINTEMETROS CUADRADOS(420,00Mts2) y un área de construcción de SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS(78,00 Mts2), alinderadade la siguientemanera: NORTE:Caseríos del sector Toledo, en Catorce metros lineales (14,00 ML); SUR:Calle Principal, en Catorce metros lineales (14,00 ML); ESTE:María Marcano, en Treinta metros lineales (30,00 ML); y OESTE:Pastora Well, en Treinta metros lineales (30,00 ML); de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Pr.....