Se hace saber al (los) propietario (s), inquilino (s), ocupante (s) o habitante (s) de la residencia cuya ubicación y características se describen a continuación: inmueble ubicado en la carretera nacional a 150 metros del Almacén de Polar Galpón sin nombre aparentemente, Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro, cuya fachada es de pared elaborada de bloques de color gris y tiene un portón metálico de una sola hoja, tipo rodante, pintado de color naranja y con signos de óxido; que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley por medio de Resolución dictada en esta misma fecha de conformidad con lo establecido en los artículos 47 constitucional; 210, 211 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal ACORDÓ expedir ORDEN DE ALLANAMIENTO, en el mencionado inmueble, donde habitan varias personas; todo ello en virtud .....