ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO DELT AMACURO ADMINISATRANDO JUSTIVCIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTOTIDAD DE LA LEY. Se declara CON LUGAR el fiador presentados por la defensora Publica Abg. DAYSY MILLAN SABALA, su carácter de Defensora Pública, del ciudadano: MARCANO EUDOMAR DANIEL, titular de la cédula de identidad numero 18.385.759en cuanto al fiador presentado ciudadano; DANIEL JOSE GIL, titular de la cedula de identidad 16.214.044, por lo que se hace efectiva LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, otorgada en benefician del imputado: MARCANO EUDOMAR DANIEL, titular de la cédula de identidad numero 18.385.759. Líbrese la bolera de excarcelación al ciudadano: MARCANO EUDOMAR DANIEL, titular de la cédula de identidad numero 18.385.759. DE CONFORMIDAD A LOESTABLECIDO EN el articulo 458 del código organico procesal penal, Notifíquese a la ficalia sexta del Mini.....