Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la Ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: A tenor del primer aparte del artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la entrega inmediata del vehículo con las siguientes características: MARCA: TOYOTA, TIPO: SEDAN, AÑO: 2008, COLOR: BLANCO; SERIAL DE MOTOR: 3ZZE598294, SERIAL DE CARROCERÍA: 8XA53ZEC189519757, MODELO COROLLA XEI/ ZZE121L-GEPDKFA, USO: PARTICULAR; PLACAS: AA515JM, a la ciudadana: CRISALIDA MARIA SOTO COTUA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.859.397.
En consecuencia, se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Delta Amacuro, para que, de conformidad con el último aparte de la aludida disp.....