Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de Revisión de Obligación Alimentaria, realizada por el ciudadano JUAN RAMON GUERRA MERCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nro. 8.928.063, con la asistencia jurídica del abogado en ejercicio JULIO CESAR ZAPATA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 51.778, contra la ciudadana AFRI ALEXANDRA BOLAÑOS RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.547.808; a favor de sus hijos (se omiten los nombres), de 08 y 04 años de edad; respectivamente; la cual se fija a partir de este momento en la cantidad equivalente a 9/12 del salario mínimo, así como el 25% de los bonos, primas por hijos, prestaciones sociales y cualquier otro beneficio que mensualmente reciba el obligado por los servicios prestados como docente I de Aula, adscrito a la Zona Educativa del Estado Delt.....