DISPOSITIVA
Por las razones de hechos y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA a través del PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS establecido en el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano DIEGO ARMANDO QUIROZ, venezolano, mayor de edad, nacido el 13/04/1991, de 27 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 19.402.914, profesión u oficio: moto taxista, natural de Tucupita, residenciado en el sector de Villa Bolivariana, calle principal, Villa Hermosa, con las adyacencia de Barrio la Guardia casa S/N, de la ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, teléfono de ubicación Nº 0412-8419708, a pagar una multa de CINCUENTA .....