Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano: OMAR ANTONIO ABREU NIEVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-13.115.422, de 33 años de edad, de estado civil soltero, nacido en fecha 19-09-1975, natural Estado Aragua, residenciado en Calle negro Primero numero 09, por el estadio Látigo Chávez, de esta Ciudad, grado de instrucción 2do año de bachillerato, hijo de Omar Antonio Abreu (V) y Lucila Nieves (F); a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES de presidio por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal, y a las accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal y s.....