este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescente del estado Bolivariano Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 26 de la Constitución de la República de Venezuela, artículos 1, 7, 8, 11, 30, 177 parágrafo segundo, literal E, 450, literales D, G y K, 467, y 511, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 267 y 269 del Código Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Autorización Judicial para la venta del inmueble previamente identificado como un Apartamento, Maletero, Puesto de Estacionamiento: El 20% del Apartamento tiene asignado un puesto de estacionamiento identificado con el N° 17, situado en la planta baja del Edificio y un maletero identificado con el N° 02, situado en la planta baja sótano del .....