Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y actuando conforme lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de ÚNICO y UNIVERSAL HEREDEROS del de Cujus JOSE RAMON FLORES CARRASQUEL, quien fuera venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.045.817, domiciliado en el Sector de San Salvador, Carretera Principal, Parroquia Antonio José de Sucre, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, a favor de su esposa e hijos, ciudadanos: MARISOL GONZALEZ FLORES, titular de la cedula Nro. V-5.334.741 (esposa), JOSE GREGORIO FLORES GONZALEZ, titular de la cédula.....