Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: La Incompetencia de este Tribunal para conocer la presente demanda, intentada por los ciudadanos HERNAN JOSE TRUJILLO BOADA y JUAN DE DIOS CAPELLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.171.367 y 10.060.928, respectivamente, Abogados en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 56.096 y 205.740, respectivamente, con domicilio procesal en la calle 5 de julio del Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro, Apoderados Judiciales de los ciudadanos INES DEL VALLE PINTO DE MARQUEZ, JOVANNI SULPICIO MARQUEZ PINTO, ROBERT ALEXANDER MARQUEZ PINTO y MAGALY TRINIDAD MARQUEZ PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N.....