Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida al ciudadano: BALDONIO MARGARITO JIMENEZ, venezolano de veinte (50) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N ° 4.939.912, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASIVOS, contemplado en el artículo 377 del Código Penal, en concordancia con el articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL dada su prescripción, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en el ordinal 8° del artículo 48 eiusdem; y ordinal 5° del artículo 108 y 110 todos del Código Penal. Regístrese, notifíquese, diarícese y remítase en su op.....