Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL Y LA ACCESORIA, a favor del penado SALAS MOISÉS RAFAEL, venezolano, nacido en Barrancas, estado Monagas en fecha 24-10-1962, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la C.I. 8.942.861, hijo de Leonarda Salas (v) y Ricardo Pinto (f), Bachiller, residenciado en el caserío La Victoria, San Rafael, vía el aeropuerto, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, Teléf. 0416-5982393; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia el ordinal 1º del Artículo 471 del Código Orgánico Procesal Pena, y el Artículo 44, numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia acuerda oficiar al ciudadano Director de Prisiones del .....