DISPOSITIVA. PRIMERO: Se ADMITE en su totalidad el escrito acusatorio presentado por la Fiscal Segundo del Ministerio Público, DRA. EUGENIA FIORE, en contra de los ciudadanos REYMEL SEBASTIAN PEREZ MOLINA, BAYONA TELLEZ NUREIDY y VILLEGAS JARAMILLO JOSE ALEXANDER, por considerarlos responsables como autores de la comisión de los Delitos de: TRAFICO DE DROGAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 149 en su encabezamiento de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en virtud que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal para su admisión. En relación a la solicitud de la nulidad de las actas procesales y asimismo el sobreseimiento de la presente causa, este Tribunal declara sin lugar la solicitud de la nulidad de las actas procesales que conform.....