DISPOSITIVA
En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de éste Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Una vez admite parcialmente la Acusación y las pruebas presentada por el Ministerio Público, en audiencia preliminar, en contra del acusado DHELLWIS RAFAEL SERRANO RODRIGUEZ, venezolano, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.403.170, fecha de nacimiento 26/12/74, de 33 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en la vía principal los cocos casa S/N como a treinta (30) metros antes del desperdicio, hijo Juana Dicurú (v) y Simón Serrano (v), antes de la apertura del juicio oral y público, procede a imponer al acusado del procedimiento especial por admisión de los hecho.....