Este Juzgado Ejecutor previo traslado se constituyò en la direcciòn señalada por la parte demandante, quien previa conversaciòn con la parte demandada, solicitò a este Juzgado la suspensiòn de la pràctica de la Medida Preventiva de Embargo, por haber celebrado un convenimiento con la misma. Acto seguido este Juzgado visto el pedimento de la parte demandante, por no ser contrario a derecho, suspende en este acto la pràctica de la Medida, hasta un nuevo pedimento.